-
¿Como
se
trata al deudor?
¿Utilizan sistemas "semilegales?.
Nuestro
trabajo
consiste en que
el deudor
reciba una "demanda legal", el
90% de ellos toma conciencia de
la seriedad de la deuda en el
momento que reciben la
comunicación de inicio del
Procedimiento Legal por parte
del Organismo Judicial
correspondiente.
-
¿Cuanto
cobran de comisión?
NADA, el servicio es gratuito en
cuanto a comisiones y/o facturas
de profesionales se refiere,
solo se valora el coste de la
llamada.
-
¿Que harán
Udes. que yo no haya hecho?
Hemos llamado al deudor, le
hemos visitado varias veces, le
hemos mencionado la vía judicial
....
Ya suponemos que Ud. ha hecho
todo esto y más.
El
éxito
está en
que el deudor reciba un
comunicado "oficial" de una
organismo judicial pero sobre
todo porque el coste de dicho
procedimiento para la
persona/empresa que tiene la
deuda es "CERO" en cuanto a
honorarios de abogados y/o
procuradores se refiere.
-
¿Como puedo seguir sus
gestiones?
Usted puede contactarnos en
cualquier momento para ampliar
información sobre el proceso, si
bien, desde el inicio del mismo
tendrá los datos de contacto del
Organismo Oficial de la
Administración de Justicia que
está tramitando el mismo.
-
¿Como tengo la seguridad que cobraré?.Si
el procedimiento es favorable,
¿Cuando
cobro?
En este tipo de procedimientos,
una vez ganada la demanda, ya
estamos en disposición de
solicitar el embargo de los
bienes que el deudor tenga en
territorio español por vía de
embargo judicial. Llegados a
este punto le asesoraremos sobre
los pasos a seguir para
solicitar dicha "ejecución".
-
¿Que
ocurre si no gano la demanda?
En el peor de los casos, si el
deudor puede demostrar que la
demanda no es correcta y por lo
tanto perdemos, el coste habrá
sido mínimo.
Aun así quedara abierta la vía
judicial ordinaria.
Llámenos
sin compromiso,
le informaremos sobre
todo
lo que precise.
807 40 51 29
Servicio desarrollado por
NBS, SL - NIF: B63638415, España. Tel 807 40 51 29